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¿Qué significa que pueda controlar las comunicaciones de mis hijos en la red?

Fucsia.co, 3/8/2015

La Corte Suprema avaló en una sentencia que los padres accedan a las comunicaciones de sus hijos en internet. ¿Cuáles son las implicaciones? ¿Qué puedo y no puedo hacer como padre? Entérate.

foto: Ingimage - Foto:

Internet es una fuente de conocimiento y una herramienta fundamental para acceder a información de utilidad. Sin embargo, su uso también conlleva riesgos, especialmente para los menores, que desconocen en muchas ocasiones las implicaciones negativas de su presencia en este medio.

Justo este martes 4 de agosto en el que se conoce uno de esos casos, el fatal desenlace de la desaparición de una joven de 15 años, encontrada muerta en un hotel de Bogotá junto a un hombre de 22 años, se empieza a debatir sobre la decisión de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de avalar el derecho de los padres a interceptar las comunicaciones de sus hijos en las redes sociales, así como las cuentas de correo electrónico, sin su autorización.

Fue precisamente por la información recolectada del Facebook de Natalia Seña Bernier, que los padres y autoridades pudieron saber que la menor no se encontraría con una amiga, y que desde hace varios meses sostenía una relación con el hombre. Esos datos también revelaron una supuesta persuasión del hombre sobre ideas suicidas.

Por este y otros casos, el alto Tribunal entiende que esta "violación de la privacidad de los menores" por parte de sus progenitores, tiene un objetivo primordial y sólido por encima de su intimidad: proteger y defender  la integridad y dignidad de los niños.

De acuerdo con una encuesta realizada por Stop Bullying Colombia a una muestra de 10.000 estudiantes de colegios y universidades, siete de cada diez menores han practicado sexting alguna vez en su vida. Así se conoce a la acción de intercambiar fotografías, vídeos e imágenes de contenido sexual a través de  Internet y dispositivos celulares.

Los niños y jóvenes son uno de los rangos poblacionales que más acceden a Internet en el territorio. Según un informe de Colombia Digital, de 16,3 millones de usuarios, el 23 por ciento tiene edades comprendidas entre los 13 y los 17 años. Los que están entre 18 y 24 años, representan el 33 por ciento. 

En el caso de España, la ONG Protégeles indica que el 30 por ciento de los menores que habitualmente utiliza Internet, facilita su número de teléfono, mientras que el 14,5 por ciento ha concertado una cita con un desconocido a través de la red. El 8 por ciento lo ha hecho en más de una ocasión. Si bien no se tienen datos a este respecto en Colombia, la realidad es que Internet se puede convertir en un factor de riesgo si los menores no entienden las implicaciones de uso.

Recogemos algunas recomendaciones para que los padres minimicen los efectos nocivos que acarrea esta herramienta para los más pequeños y para que se entienda mejor cuáles son las implicaciones de esta normativa:

1. Hacerles entender la importancia de la privacidad. Que sean conscientes de la información que comparten, que esta no se puede eliminar y de la cantidad de personas que van a tener acceso a la misma.


2. Prohibido hablar con desconocidos.
Hacerles entender que, aunque se sientan seguros por el anonimato que brinda la red, hablar con desconocidos es peligroso, pues no se puede estar seguro de quien hay al otro lado del computador o el celular. A este respecto, enfatizar en el riesgo de que entablen conversaciones con personas cuya edad desconocen o que son mucho mayores que ellos.

"Una persona experimentada que está con una que no, sabe manejarla, y esto hay que advertirlo a los jóvenes. Cuando una persona adulta establece una relación con un menor está fomentando una relación inequitativa, desigual, claramente abusiva. El niño no sabe diferenciar los peligros y crea un vínculo", indica a Fucsia.co Mary Luz Mejía, Asesora en Salud Sexual y Reproductiva del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA).


3. Poner el computador en una sala común del hogar.
Esto permite tener más control de lo que hacen los menores en la red y del uso que le están dando. Lo recomendable es regular sus horarios.


4. Determinar la edad para acceder a la tecnología.
¿Cuándo darles un celular? ¿Cuándo y bajo qué parámetros permitirles tener cuentas en redes sociales? Determinar la edad para que puedan hacer uso de diversos tipos de tecnología puede ser un factor importante en el crecimiento del menor. Y no sólo eso. Las reglas de su uso también deben ser claras y precisas.


5. Poner límites y confiar.
La ley no se trata de volverse unos papás espías. Se trata de abogar por un recurso de interceptación de correos y redes sociales cuando haya que proteger la integridad de un menor. La confianza debe ser la base de cualquier relación y en ese sentido, los padres deberían abogar también por construir una red sólida en la que fluya la comunicación. Muchos casos se dan porque padres e hijos no pueden hablar con transparencia y por ende se pueden tomar decisiones equivocadas.

----La historia de la sentencia---

La decisión de la Corte Suprema responde a una apelación interpuesta por un joven de 18 años condenado a 17 años de cárcel por abusar sexualmente de una menor de 12 con la que mantenía una relación e incluso convivía, después de que la pequeña abandonase la casa familiar.

Durante el juicio, la madre de la niña presentó correos electrónicos de su hija como prueba. Estos contenían información privada de la menor y conversaciones íntimas entre el presunto agresor y la víctima en las que se reflejaba, entre otros, como el primero intimidó a la niña para que alterara su declaración para que este no fuera condenado. 

En la apelación, la defensa del acusado alegó que era necesaria una orden judicial para poder utilizar los correos electrónicos como pruebas, ya que estos se obtuvieron sin permiso de la niña. Es decir, la madre habría incurrido en un delito de una violación del derecho a la intimidad de su hija.

La Corte Suprema sienta así jurisprudencia al dictaminar que "los padres en cumplimiento de la responsabilidad parental, las obligaciones de asistencia y protección, en ejercicio de los deberes de cuidado, acompañamiento y orientación de sus hijos menores para garantizarles la plena maduración de sus capacidades física, intelectual y mora, más allá de los límites que fija el derecho a la intimidad, tienen la facultad de acceder a las comunicaciones de las plataformas tecnológicas que los niños, niñas y adolescentes reciben y abordan".

Pero advierte que, en caso de que no se haga bajo los principios de protección, "sí puede comprenderse que la intervención de los padres afecta la intimidad del menor, la que resulta ilegítima y reprochable".

El dasafío en muchos casos será dictaminar ¿cuál es esa línea en la que los padres pueden intervenir por protección y cuál en la que esa intromisión sería ilegítima?.